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Consejo de Derechos Humanos
63.º período de sesiones
7 de septiembre–9 de octubre de 2026
Tema 4 de la agenda
Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo
Declaración escrita presentada por el Centre Zagros pour les Droits de l’Homme, organización no gubernamental reconocida como entidad de carácter consultivo especial*
El Secretario General ha recibido la siguiente declaración escrita, que se distribuye de conformidad con la resolución 1996/31 del Consejo Económico y Social.
República Islámica de Irán: detrás de cada ejecución, una vida y una familia destrozadas
I. Objeto de la declaración
El Centre Zagros pour les Droits de l’Homme insta al Consejo de Derechos Humanos y a la comunidad internacional a prestar atención a la alarmante magnitud de la aplicación de la pena de muerte en la República Islámica de Irán. Detrás de las cifras existe una realidad humana: cada ejecución pone fin a una vida y destroza a una familia. En la República Islámica de Irán, la pena de muerte no está al servicio de la justicia penal. Se utiliza como instrumento de intimidación estatal, destinado a silenciar la disidencia y a sembrar el miedo en toda la sociedad.
Esta declaración se basa principalmente en la documentación verificada del Centre Zagros —nombres, fechas, prisiones, cargos y testimonios directos de familiares o redes locales—. Los casos confirmados se distinguen estrictamente de aquellos que aún están pendientes de verificación, y la información se contrasta con los datos publicados por la “Iran Human Rights Society” (Iran HRS), la “Campaign to Free Political Prisoners in Iran” (CFPPI) y la “Hengaw Organization for Human Rights” (Hengaw). El secretismo estatal hace imposible documentar cada ejecución, pero este enfoque centrado en las víctimas permite establecer una base mínima creíble.
II. Una práctica creciente y oculta
Iran HRS informa de al menos 894 ejecuciones en toda la República Islámica de Irán durante los primeros seis meses de 2026, es decir, casi cinco ejecuciones diarias. Se trata de su cifra documentada y no de una cifra consensuada: los informes mensuales de Hengaw identifican al menos 375 ejecuciones durante el mismo período. La diferencia refleja distintas fuentes y umbrales de verificación en un contexto de secretismo oficial. Sin embargo, no puede ocultar el hecho fundamental de que cientos de vidas fueron arrebatadas sin que exista un registro público completo.
En julio de 2026, Hengaw verificó la identidad de 67 personas ejecutadas durante ese mes, entre ellas dos mujeres. Solo ocho de esas 67 ejecuciones —el 12 %— fueron anunciadas oficialmente; siete se llevaron a cabo en secreto, sin notificación a las familias ni posibilidad de una última visita. Dos tuvieron lugar en público, convirtiendo el espacio urbano en un escenario de intimidación. La pena capital continúa rodeada de un silencio impuesto por el Estado: los presos son aislados durante sus últimas horas, y las familias en duelo son amenazadas si hablan públicamente o rinden homenaje a sus seres queridos.
III. Cuando la pena de muerte se convierte en un lenguaje político
Al menos nueve de las personas ejecutadas en julio de 2026 eran presos políticos, presos de conciencia o ciudadanos detenidos durante las protestas de enero de 2026 y el movimiento “Mujer, Vida, Libertad”. Cargos de seguridad definidos de manera imprecisa —moharebeh (“enemistad contra Dios”), efsad-e fel-arz (“corrupción en la tierra”), espionaje y otros delitos relacionados con la seguridad nacional— han sido aplicados a protestas, actividades en los medios de comunicación y supuestas asociaciones, exponiendo a los acusados a condenas a muerte.
Los casos documentados ilustran este patrón:
- Aref Khoshkar, ejecutado en la prisión de Ghezel Hesar el 15 de julio de 2026 después de haber sido detenido en relación con el movimiento “Mujer, Vida, Libertad”;
- Erfan Esfandiari y el ciudadano afgano Gol Mohammad Mohammadi, ejecutados en Isfahán el 19 de julio de 2026 tras las protestas de enero;
- Abolfazl Sepahi y Amir Hossein Safari, ahorcados públicamente en Isfahán el 28 de julio de 2026 después de haber sido detenidos en relación con las protestas;
- Javad Zamani y Abolfazl Saeidi, ejecutados anteriormente en Semnan tras procedimientos que, según la CFPPI, carecieron de transparencia y de acceso efectivo a asistencia letrada.
Estos casos muestran la función política de las ejecuciones, especialmente de los ahorcamientos públicos. Generan miedo y silencio y suscitan graves preocupaciones en relación con las obligaciones de la República Islámica de Irán en materia de juicio imparcial, libertad de expresión y derecho a la vida.
IV. Juicios que socavan el derecho a la vida
Dado que la pena capital es irreversible, el derecho internacional exige las máximas garantías judiciales. Sin embargo, los casos documentados revelan detenciones sin orden judicial, períodos prolongados de detención en régimen de incomunicación, negación del derecho a elegir abogado, audiencias a puerta cerrada y condenas basadas en confesiones controvertidas. Hengaw ha documentado palizas, violencia sexual, amenazas de violación y simulacros de ejecución utilizados para obligar a jóvenes manifestantes a firmar declaraciones autoincriminatorias.
La CFPPI informa de que doce manifestantes en Isfahán se enfrentaron a la pena de muerte tras audiencias aceleradas sin una defensa efectiva. Hengaw documentó por separado las ejecuciones de Erfan Esfandiari y Gol Mohammad Mohammadi el 19 de julio, así como los ahorcamientos públicos de Abolfazl Sepahi y Amir Hossein Safari el 28 de julio.
Los artículos 6, 7 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) protegen el derecho a la vida, prohíben la tortura y garantizan el derecho a un juicio imparcial. Cuando se impide a las familias acceder a los expedientes judiciales, se obstaculiza la labor de los abogados y se obtienen confesiones mediante tortura, la ejecución convierte la injusticia en algo irreversible.
V. Pobreza y discriminación ante la horca
La pena de muerte continúa imponiéndose por delitos relacionados con las drogas y afecta de manera desproporcionada a personas pertenecientes a comunidades empobrecidas o marginadas. La CFPPI informa de que presos de Ghezel Hesar iniciaron una huelga de hambre después de que seis reclusos fueran trasladados a celdas de aislamiento antes de su ejecución. En un mensaje de vídeo desde la prisión, afirmaron que la pobreza los había llevado a cometer sus delitos y pidieron clemencia. Sus casos muestran hasta qué punto las condenas a muerte pueden estar estrechamente vinculadas con la pobreza.
Las personas kurdas, baluches y miembros de otras minorías étnicas o religiosas siguen estando expuestas a un riesgo elevado. En julio de 2026, Hengaw documentó la ejecución de diez presos kurdos y cinco presos baluches. El acceso limitado a asistencia letrada, las barreras lingüísticas, la pobreza y las presiones ejercidas sobre los familiares pueden restringir aún más las posibilidades de defensa. Los ciudadanos afganos pueden sufrir un aislamiento adicional, especialmente cuando la interpretación o la asistencia consular son insuficientes.
Las mujeres pueden sufrir formas agravadas de discriminación en virtud de las disposiciones sobre qisas (retribución equivalente), que permiten a la familia de una víctima de asesinato solicitar la ejecución de la persona acusada. En casos de homicidio en el ámbito doméstico, la violencia doméstica, el matrimonio forzado, la dependencia económica o la legítima defensa pueden recibir una consideración insuficiente. Setayesh Mohammadipour fue ejecutada en Shiraz y Azam Gerami en Yasuj en julio de 2026. Ninguna mujer debería enfrentarse a la pena de muerte sin que se tengan debidamente en cuenta sus circunstancias personales, incluida cualquier forma de violencia que haya sufrido.
VI. Pena de muerte contra personas que eran menores de edad en el momento de los hechos
Meysam Irandegani, un joven baluche de 18 años, fue ejecutado en la prisión de Iranshahr el 21 de julio de 2026 por un supuesto delito cometido cuando tenía 14 años. Su ejecución confirma que la República Islámica de Irán continúa aplicando la pena capital a personas que eran menores de edad en el momento del supuesto delito.
Esperar a que un delincuente juvenil alcance la edad adulta no modifica la edad que tenía cuando se cometieron los hechos. Esta práctica viola una prohibición absoluta establecida en el derecho internacional, recogida en el artículo 37 de la Convención sobre los Derechos del Niño y en el artículo 6 del PIDCP. Ejecutar a una persona por un delito cometido cuando era menor de edad vacía de contenido el principio de rehabilitación juvenil y vulnera las obligaciones convencionales de la República Islámica de Irán.
VII. El valor de quienes se niegan a guardar silencio
Dentro de las prisiones de la República Islámica de Irán, detenidos condenados a muerte —tanto políticos como no políticos— están alzando la voz conjuntamente en un notable acto de resistencia colectiva. La CFPPI documentó una prolongada huelga de hambre en Ghezel Hesar en julio de 2026. Posteriormente, diversos informes describieron acciones de solidaridad y protestas contra las ejecuciones en otras prisiones, incluida la prisión de Adelabad, en Shiraz.
Los informes sobre hacinamiento y sobre la reclusión conjunta de presos pertenecientes a distintas categorías jurídicas suscitan preocupaciones adicionales en virtud de las reglas 11 y 12 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela): la regla 11 exige una separación adecuada, mientras que la regla 12 exige condiciones de alojamiento apropiadas.
Los presos que participan en huelgas contra las ejecuciones no buscan privilegios; defienden la vida, la dignidad y las debidas garantías procesales. Sus esfuerzos por dar a conocer su situación no deben recibir como respuesta castigos más severos.
El Centre Zagros reconoce la valentía de las familias de los presos, de los abogados comprometidos, de los periodistas que actúan conforme a sus principios y de los defensores de los derechos humanos que verifican nombres, localizan a detenidos y movilizan campañas contra las ejecuciones. De conformidad con el derecho internacional, estas personas deben ser protegidas frente a la persecución estatal.
VIII. Recomendaciones y llamamiento urgente
El Centre Zagros insta a las autoridades iraníes a:
- aplicar inmediatamente una moratoria oficial y verificable sobre todas las ejecuciones como paso hacia la abolición total de la pena de muerte;
- conmutar todas las condenas a muerte existentes y suspender todas las ejecuciones pendientes;
- abstenerse de ejecutar a toda persona que fuera menor de edad en el momento del supuesto delito;
- prohibir las ejecuciones por conductas que no hayan causado la muerte, incluidos los delitos relacionados con las drogas y las protestas, así como en todos los casos en los que no se hayan respetado las garantías fundamentales de un juicio imparcial;
- garantizar el acceso inmediato a un abogado independiente de libre elección desde el momento de la detención;
- excluir toda confesión obtenida mediante tortura, coacción o durante períodos de aislamiento;
- notificar a las familias y a los abogados antes de que se lleve a cabo una ejecución, poniendo fin a las ejecuciones secretas y públicas;
- publicar periódicamente datos sobre las ejecuciones, desglosados por cargos, sexo, edad, origen y lugar de detención;
- permitir que las familias que reciben el cuerpo de un ser querido puedan vivir su duelo en paz, sin vigilancia ni intimidación.
El Centre Zagros insta al Consejo de Derechos Humanos y a los Estados Miembros a:
- pronunciarse públicamente y utilizar mecanismos urgentes de protección en los casos de ejecuciones inminentes;
- proteger a las personas que participan en la recopilación y difusión esencial de datos;
- apoyar la documentación segura y la preservación de pruebas;
- ejercer presión en favor de la independencia judicial y del fin de la injerencia de los órganos de seguridad en los casos relacionados con la pena capital.
El artículo 6 del PIDCP obliga a los Estados que no han abolido la pena capital a limitar su aplicación a los delitos más graves y a respetar las garantías procesales más estrictas. El Consejo tiene tanto la autoridad como la responsabilidad de actuar cuando estos límites se ignoran de manera tan manifiesta.
Referencias
[1] Centre Zagros pour les Droits de l’Homme, documentación y seguimiento propios de las condenas a muerte y las ejecuciones en Irán, 2025–2026; resúmenes públicos: https://zagros-centre.org/.
[2] Campaign to Free Political Prisoners in Iran (CFPPI), Die in Prison or Die by Execution During War, julio de 2026, y Monthly Publication – July 2026, publicado el 1 de agosto de 2026: https://cfppi.org/.
[3] Hengaw Organization for Human Rights, informes estadísticos sobre ejecuciones, enero–julio de 2026, e investigación sobre simulacros de ejecución, enero de 2026:
https://hengaw.net/en/reports-and-statistics-1/2026/08/article-1;
https://hengaw.net/en/reports-and-statistics-1/2026/01/article-8.
[4] Iran Human Rights Society (Iran HRS), Executions in Iran, first half of 2026:
https://iranhrs.org/iran-executions-first-half-2026-statistical-report/.
Enlace al documento oficial de las Naciones Unidas:
https://documents.un.org/doc/undoc/gen/g26/148/79/pdf/g2614879.pdf
Centro Zagros de Derechos Humanos ONG reconocida como entidad consultiva por el ECOSOC de las Naciones Unidas